FUENTE: Comunicación Poder Judicial En una sentencia que establece el camino a seguir por los Tribunales y Juzgados de lo contencioso y que  ya venía siendo aplicado por muchos de ellos, El Tribunal Supremo establece que solo cabe expulsar a los extranjeros condenados por delitos cuya pena mínima supere el año de prisión. Al existir sentencias contradictorias de los TSJ de distintas comunidades autónomas, la Sala establece cómo tiene que interpretarse el artículo 57.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de…