INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD ABSOLUTA.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD ABSOLUTA. CARÁCTER PRIVATIVO. La indemnización percibida por el esposo antes del divorcio, con base en una póliza colectiva suscrita por la empresa donde trabajaba, tiene carácter privativo y no ganancial. Por su propia naturaleza y función, la titularidad de la pensión guarda una estrecha conexión con la personalidad y con el concepto de resarcimiento de daños personales. STS nº 668/2017 Civil 14/12/2017 agustinzm